Velamos por el correcto ejercicio de la odontología conforme a la Ley 35 de 1989, como máxima autoridad disciplinaria al servicio de la comunidad.
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Radique su queja por inconformidad en tratamientos odontológicos
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Acceder →El Tribunal de Ética Odontológica Seccional Valle del Cauca, conformado por cinco magistradas odontólogas que aplican la Ley 35 de 1989 y velan por el correcto ejercicio de la profesión en los departamentos de Valle del Cauca y Cauca.
Investigamos presuntas irregularidades en tratamientos odontológicos mediante rigurosos procesos ético-disciplinarios, garantizando siempre el debido proceso y el derecho a la defensa.
Tramitamos las quejas interpuestas por usuarios o entidades, obtenemos pruebas y determinamos si hay lugar a sancionar conforme al Código de Ética del Odontólogo Colombiano.
El Tribunal de Ética Odontológica Seccional del Valle del Cauca es el organismo de control disciplinario encargado de investigar y sancionar las conductas de los odontólogos que ejerzan su profesión en los Departamentos de Valle del Cauca y Cauca, en contravención a la Ley 35 de 1989 o Código de Ética del Odontólogo Colombiano. Actuamos con independencia, imparcialidad y plena garantía del debido proceso, para proteger los derechos de los ciudadanos, preservar la dignidad de la profesión y fortalecer la confianza de la sociedad.
El Tribunal de Ética Odontológica Seccional del Valle del Cauca proyecta ser reconocido como una institución accesible, transparente y eficaz en la defensa de la ética odontológica, consolidando canales digitales que faciliten la interposición de quejas y el acceso a la información, acercando la justicia disciplinaria a toda la comunidad y siendo referente en la promoción de la ética odontológica como valor esencial de la salud pública en nuestra región.
Ejercemos un rol fundamental en la regulación y control del ejercicio ético de la odontología en la región.
Cuando un paciente o ciudadano considera que un odontólogo actuó de manera contraria a sus deberes éticos, puede presentar una queja. Iniciamos un proceso riguroso: escuchamos a las partes, practicamos pruebas, garantizamos el derecho a la defensa y tomamos una decisión fundada en la Ley.
Si tras el proceso se comprueba una falta ética, podemos imponer sanciones que van desde una amonestación privada hasta la suspensión temporal del ejercicio. Cuando la falta es de mayor entidad, el caso se remite al Tribunal Nacional de Ética Odontológica.
Damos a conocer el Código de Ética del Odontólogo Colombiano —Ley 35 de 1989— tanto a los profesionales como a la comunidad. Creemos que la mejor forma de proteger a los pacientes es que todos conozcan sus derechos y que los odontólogos conozcan sus deberes.
Además de las investigaciones disciplinarias, recibimos peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones (PQRSF) como canal de comunicación directa con la ciudadanía.
El TEOV fundamenta su actuación en el siguiente marco legal vigente en Colombia.
Norma fundamental que establece los deberes que rigen la odontología, las responsabilidades y funciones de sus autoridades disciplinarias en Colombia.
Reglamentación de la Ley 35 de 1989. Establece los procedimientos para la aplicación del Código de Ética Odontológica a nivel nacional.
Modificaciones y complementos al ejercicio de la odontología y sus disposiciones éticas en el territorio colombiano.
Protección de datos personales. Regula el tratamiento de información de usuarios, quejosos y partes en los procesos disciplinarios.
Profesionales comprometidos con la ética y el servicio a la comunidad odontológica de la región.
Magistrada Presidenta
Magistrada · Sala Plena
Magistrada · Sala Plena
Magistrada · Sala Plena
Magistrada · Sala Plena
Abogada Secretaria Tesorera
Auxiliar Administrativa
Auxiliar de Oficina
Auxiliar de Asuntos Varios – Mensajería
Asesor de Sistemas
Asesora Contable
Asesora SGSST
Notificaciones, sanciones y resoluciones oficiales publicadas por el Tribunal.
Accede a servicios y recursos institucionales relacionados con la odontología colombiana.
Consulta los antecedentes disciplinarios de profesionales odontológicos en el sistema nacional.
Consultar →Registro del Talento Humano en Salud. Verifica habilitación de profesionales odontológicos en Colombia.
Consultar →Expedición de la tarjeta profesional del Talento Humano en Salud en Colombia.
Acceder →Complete el formulario para radicar su queja. Recibirá confirmación al correo registrado.
Canal de comunicación directa entre la ciudadanía y el TEOV. Peticiones, sugerencias, reclamos y felicitaciones.
Resolvemos las dudas más comunes de los usuarios y la comunidad en general.
El TEOV es el órgano disciplinario seccional que aplica la Ley 35 de 1989 en los departamentos de Valle del Cauca y Cauca. Está conformado por cinco magistrados odontólogos que velan por el correcto ejercicio de la profesión y la protección de los derechos de los pacientes.
Puede presentar una queja cuando considere que un odontólogo ha incurrido en una falla ética o ha realizado tratamientos inadecuados. El Tribunal investiga inconformidades con tratamientos realizados por profesionales en Valle del Cauca y Cauca.
En línea: use el formulario "Registrar Queja" en esta página, adjuntando los documentos de soporte. Presencialmente: Carrera 4 No. 8-63, Oficina 402-403, Edificio Josenao, Cali. Por correo: teodontologicavalle@gmail.com
Se recomienda anexar: historia clínica o soportes del tratamiento, facturas o recibos de pago, fotografías del caso si las tiene, copia de su documento de identidad, y cualquier comunicación relacionada con el tratamiento que genera la inconformidad.
El proceso tiene varias etapas: recepción y admisión de la queja, investigación preliminar, formulación de cargos si hay mérito, descargos del investigado y decisión final. Los tiempos varían según la complejidad del caso y los términos procesales establecidos en la ley.
Conforme a la Ley 35 de 1989, el Tribunal puede imponer: amonestación privada, censura, suspensión temporal del ejercicio profesional, o exclusión definitiva del ejercicio profesional. La sanción depende de la gravedad de la falta ética cometida.
No. El Tribunal es un órgano disciplinario, no civil. Solo puede imponer sanciones éticas conforme a la Ley 35 de 1989. Para reclamaciones económicas debe acudir a las instancias civiles o de responsabilidad médica correspondientes.
Consulte el RETHUS (Registro del Talento Humano en Salud) disponible en la sección "Enlaces de Interés" de esta página, donde puede verificar si un profesional está habilitado para ejercer la odontología en Colombia.
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